Proyecto de Declaración 67/2010

El Honorable Concejo Deliberante de San Miguel sancionó la Declaración Nº 67/2010 por la cual declara su más profundo reconocimiento a la destacada labor deportiva que realiza el vecino de San Miguel NICOLAS ANDRES NIKIFORUK como instructor Nacional de Tiro , en virtud de su destacada labor en torneos nacionales e internacionales.



PROYECTO DE DECLARACIÓN Nº 67/2010

VISTO

QUE el vecino de San Miguel NICOLAS ANDRES NIKIFORUK es instructor Nacional de Tiro ITB 4259, se desempeña como instructor de Tiro Practico del Tiro Federal de San Fernando representando al País en dicha disciplina deportiva en diferentes torneos internacionales; y

CONSIDERANDO

QUE en el último Campeonato finalizado en Marzo de 2010, obtuvo el 4to. puesto entre 150 participantes y es tirador Nº 1 del Tiro Federal de San Fernando en el último ranking publicado.-

QUE representando a nuestro país en Octubre de 2010 participara del Latinamerican Championship de IPSC (Confederación Internacional de Tiro Práctico), en Junio de 2011 participara del Extreme Euro Open de Rep. Checa y en Noviembre de 2011 del Mundial de IPSC en Grecia.

QUE Actualmente se encuentra incrementando su entrenamiento (500 municiones por semana), y complementando la parte física con natación en Club San Miguel.

QUE El Tiro Práctico es una disciplina de tiro deportivo cuyo origen se remonta a los años cincuenta y que nació de la necesidad de un Entrenamiento adecuado para la Policía en su lucha contra el Delito. Actualmente, el Tiro Práctico dejó atrás su origen marcial para convertirse esencialmente en un Deporte. Debido a su rápido crecimiento, el Tiro Práctico se ha expandido oficialmente a 43 Países, se practica de forma informal en muchos otros y hay una lista de países en espera de ser reconocidos como “Regiones” del Tiro Práctico.-

QUE acorde con los fundamentos de esta disciplina, el Tiro Práctico consiste en medir la capacidad de un deportista en disparar rápida y precisamente un Arma de fuego de grueso Calibre (mayor o igual a 9mm o .355”).-

QUE NICOLAS ANDRES NIKIFORUK es un vecino de San Miguel que representa hidalgamente a nuestro País en distintos torneos internacionales de Tiro Práctico, dejando al Deporte Argentino y a nuestro distrito dignamente representado.-

QUE contar con un deportista de tal valía es un orgullo indescriptible para San Miguel, conociendo el esfuerzo y la dedicación que le implementa día a día a la disciplina, enalteciendo su hombría de bien, altamente reconocida en el ambiente deportivo.-

Que el Alto Cuerpo Legislativo comunal ve con orgullo y beneplácito la labor que realiza NICOLAS ANDRES NIKIFORUK, sintiéndonos en la necesidad de reconocer de manera contundente su profesionalismo deportivo.-

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Miguel, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona con fuerza de:

DECLARACIÓN

Artículo 1ro: El Honorable Concejo Deliberante de San Miguel declara su más profundo reconocimiento a la destacada labor deportiva que realiza el vecino de San Miguel NICOLAS ANDRES NIKIFORUK como instructor Nacional de Tiro ITB 4259, e instructor de Tiro Practico del Tiro Federal de San Fernando representando al País en dicha disciplina deportiva en diferentes torneos internacionales, en virtud de lo expresado en el visto y los considerandos que pasan a formar parte integral de la presente declaración.-

Artículo 2do: El Honorable Concejo Deliberante de San Miguel vería con agrado que dentro de sus posibilidades, el Departamento Ejecutivo disponga las medidas que crea pertinentes para facilitar la labor que realiza NICOLAS ANDRES NIKIFORUK en dicha disciplina deportiva en virtud de su representación nacional en torneos internacionales.-

Artículo 3ro: Invitar al Departamento Ejecutivo, si así lo cree pertinente, a adherir a los términos de la presente Declaración.-

Artículo 4to: Girar dicha Declaración a la Secretaria de Deporte de la Nación, a la Secretaría de Deportes del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Sub Comisión de Tiro Practico.

Artículo 5to: DE FORMA